VISTO Que la ordenanza 51/95 ha adherido en todo su articulado al Decre-to Provincial 807/95. Que dicho Decreto autoriza a los Municipios a realizar ampliacio-nes urbanas, y CONSIDERANDO: Que es necesario discriminar para cada parcela los indicadores ur-banísticos POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 7/96 ------------------------------ ARTICULO 1.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 1, en el predio cuya designación Ca-tastral es: Circunscripción XI, Sección B, Chacra 70, Parcela 19-a. SUPERFI-CIE: 45.250 m2., con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA".- ARTICULO 2.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 2, en el predio cuya designación Ca-tastral es: Circunscripci¢n I, Secci¢n A, Manzana 57-c, Parcela 3- SUPERFICIE: 10.000 m2-, con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA".------ ARTICULO 3.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 3, en el predio cuya designación Ca-tastral es: Circunscripción XI, Sección A, Chacra 59, Parcela 6. SUPERFICIE: 27.661,90 m2., con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA".--- ARTICULO 4.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 4, en el predio cuya designación ca-tastral es: Circunscripción XI, Sección B, Manzana 8O, Parcela 4. SUPERFICIE: 38.277 m2., con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA"; deján-dose aclarado que siendo este un terreno de propiedad particular y existiendo ofrecimiento de venta, se condicionará la presente Modificación Urbanística a su futura adquisición por parte del Municipio.-------------------------------- ARTICULO 5.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 5, en el predio cuya designación Ca-tastral es: Circunscripción XI, Sección A, Chacra 44, Parcela 6. SUPERFICIE: 22.550 m2, con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA"; deján-dose aclarado que siendo este un terreno de propiedad particular y existiendo ofrecimiento de venta, se condicionará la presente modificación Urbanística a su futura adquisición por parte del Municipio.------------------------------- ARTICULO 6.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 6, en el predio cuya designación Ca-tastral es: Circunscripción 1, Sección D, Manzana 69, Parcela 1. SUPERFICIE: 23.445 m2., con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA"; deján-dose aclarado que siendo este un terreno de propiedad particular y existiendo ofrecimiento de venta, se condicionará la presente modificación Urbanística a su futura adquisición por parte del Municipio.-------------------------------- ARTICULO 7.- Créase en el Area Urbana de la Ciudad de Balcarce la ZONA DE DIS- ------------ TRITO URBANIZADO ESPECIAL Nº 7, en el predio cuya designación Ca-tastral es: Circunscripción 1, Sección D, Quinta 58, Fracción 1, Parcela 1. SUPERFICIE: 20-904 m2. y Parcela 2. SUPERFICIE: 800 m2.- Circunscripción 1, Sec-ción D, Manzana 58-a, Parcela 6. SUPERFICIE: 1.000 m2., Parcela 7. SUPERFICIE: 1.000 m2 y Parcela 8. SUPERFICIE: 1.000 m2., con el único fin de concretar el "PLAN FAMILIA PROPIETARIA"; dejándose aclarado que siendo estos terrenos de pro-piedad particular y existiendo ofrecimiento de venta, se condicionará la pre-sente modificación Urbanística a su futura adquisición por parte del Municipio. ARTICULO 8.- A los Distritos Urbanizados Especiales Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7, ------------ (D.U.E. Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7) determinado en los Artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º, se le asignarán los siguientes Indicadores Urbanísti-cos: A) Densidad neta: la resultante de construir 1 (una) vivienda uni- familiar por parcela. B) F.O.S.: 0,6. C) F.0.T.: 0,8. D) Dimensiones mínimas: 10 mts. de ancho, 250 m2 de superficie. E) Usos: VIVIENDA UNIFAMILIAR. F) Retiros mínimos de edificación: - De frente 2,50 mts. de línea Municipal. - De fondo 6,00 mts de eje medianera. G) Servicios escenciales: - Alumbrado Público. - Servicio Eléctrico domiciliario. - Desagües Pluviales y Alcantarillado. - Mejorado de calles. - Agua. ARTICULO 9.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los trece días del mes de febrero de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ing. Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SE-CRETARIO.----------------------------------------------------------------------